La Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. ha indicado una posible oposición a que empresas de IA como Meta utilicen material con derechos de autor obtenido ilegalmente, como a través de torrents, para entrenar sus modelos de IA. Esto ocurre mientras Meta enfrenta una demanda de autores que alegan que su tecnología de IA infringe sus derechos de autor, y las observaciones de la Oficina de Derechos de Autor sugieren que los tribunales podrían examinar cada vez más la práctica de utilizar contenido pirateado para el desarrollo de IA, particularmente cuando compite con los mercados existentes.
La Oficina de Derechos de Autor parece estar adoptando una postura crítica contra el uso de materiales con derechos de autor por parte de Meta, particularmente aquellos obtenidos a través de torrenting, para entrenar sus modelos de IA. Esta oposición es evidente en las recientes observaciones de la Oficina de Derechos de Autor sobre los límites del uso justo, especialmente en el contexto del desarrollo de la IA.
Específicamente, la Oficina de Derechos de Autor expresó su preocupación de que “hacer un uso comercial de vastos conjuntos de obras con derechos de autor para producir contenido expresivo que compite con ellas en los mercados existentes, especialmente cuando esto se logra a través de acceso ilegal, va más allá de los límites establecidos del uso justo”. Esta declaración implica directamente que la adquisición no autorizada de obras con derechos de autor, como a través de torrenting, debilita significativamente cualquier defensa de uso justo.
Además, el informe de la Oficina de Derechos de Autor sugiere una posible alineación con los tribunales sobre la cuestión de las empresas de IA que utilizan contenido pirateado o al que se accede ilegalmente con fines de capacitación. Esta alineación es crucial porque indica una tendencia legal más amplia contra la práctica.
La perspectiva del juez Chhabria sobre las actividades de torrenting de Meta en el caso de los autores de libros, descrita como “un poco desordenada”, refuerza aún más esta visión negativa. La recomendación de la Oficina de Derechos de Autor de que “el uso consciente de un conjunto de datos que consta de obras pirateadas o a las que se ha accedido ilegalmente debería ir en contra del uso justo sin ser determinante” subraya la importancia de la fuente de los datos de entrenamiento. Si bien no es una sentencia definitiva contra el uso justo, la oficina claramente considera que el método de adquisición de los datos es un factor significativo.
La posición de la Oficina de Derechos de Autor se consolida aún más por su énfasis en las implicaciones negativas del uso de materiales pirateados. La oficina afirma claramente que “obtener acceso ilegal” a obras con derechos de autor “sí afecta al carácter del uso”. Esto implica que el acto de adquirir material con derechos de autor por medios ilegales, como torrenting, es un factor significativo para evaluar la equidad de su uso posterior.
La Oficina de Derechos de Autor va un paso más allá, argumentando que “entrenar con material pirateado o al que se ha accedido ilegalmente va un paso más allá” que simplemente usar obras con derechos de autor “a pesar de la denegación de permiso de los propietarios”. Esta distinción es importante porque resalta el daño adicional causado por la adquisición ilegal del material.
Además, la oficina sugiere que si los autores pueden demostrar que los modelos de IA entrenados con obras pirateadas resultaron en pérdidas de ventas, una defensa de uso justo podría fracasar. Esto introduce un elemento económico crucial al debate, lo que sugiere que el potencial de daño al mercado causado por los modelos de IA entrenados con contenido pirateado es una consideración clave.
La Oficina de Derechos de Autor aborda explícitamente el daño potencial al mercado causado por el uso de contenido pirateado. La oficina escribió: “El uso de colecciones pirateadas de obras con derechos de autor para construir una biblioteca de entrenamiento, o la distribución de dicha biblioteca al público, dañaría el mercado de acceso a esas Obras”. Esta declaración destaca el potencial de que los modelos de IA entrenados con datos pirateados socaven el mercado de copias legítimas de las obras con derechos de autor.
La oficina continúa: “Y donde el entrenamiento permite que un modelo genere copias textuales o sustancialmente similares de las obras en las que se entrenó, y esas copias son de fácil acceso para los usuarios finales, pueden sustituir a las ventas de esas obras”. Esto subraya la preocupación de que los modelos de IA podrían competir directamente con las obras originales, dañando aún más el mercado de material con derechos de autor.
Finalmente, es probable que la perspectiva de la Oficina de Derechos de Autor sea frustrante para Meta, especialmente dados sus esfuerzos por excluir pruebas relacionadas con sus actividades de torrenting. La postura de la oficina es clara: “la copia de obras expresivas de fuentes piratas para generar contenido sin restricciones que compite en el mercado, cuando la licencia está razonablemente disponible, es poco probable que califique como uso justo”. Esto sugiere que las acciones de Meta, si se demuestran, probablemente enfrentarán importantes desafíos legales.
La Oficina de Derechos de Autor se opone firmemente a que empresas de IA como Meta utilicen material con derechos de autor obtenido ilegalmente, como torrents, para el entrenamiento de IA, argumentando que excede los límites del uso justo y podría perjudicar los mercados de dichas obras. Si bien los tribunales priorizan las cuestiones de uso justo, la Oficina sugiere que el uso de contenido pirateado debería ser un factor negativo en las determinaciones de uso justo, especialmente si conduce a la copia textual o sustituye las ventas. Esta postura podría impactar significativamente el desarrollo de la IA y el panorama legal en torno a los derechos de autor.
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